Artículo de opinión

Convención de La Haya de 1954 para la Protección de Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado

 

Entre 1939 y 1945, Europa fue escenario de una destrucción masiva del patrimonio cultural, en muchos casos deliberada. Ciudades históricas, monumentos, catedrales, palacios, archivos y obras de arte fueron arrasados o saqueados a medida que el conflicto se extendía por el continente. Más allá del daño material, aquella devastación implicó un daño profundo a la identidad y la cultura de numerosos pueblos.

Como respuesta a esa experiencia, surgió la Convención de La Haya de 1954 para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado. Adoptada bajo los auspicios de la UNESCO, fue el primer tratado internacional dedicado exclusivamente a la preservación del patrimonio cultural durante los conflictos armados, partiendo de una premisa central: estos bienes no pertenecen únicamente a los Estados, sino a toda la humanidad.

A partir de esa mirada, la Convención estableció una serie de obligaciones para los Estados Contratantes en materia de protección de monumentos históricos, obras de arte, archivos y otros bienes vinculados a la identidad histórica y cultural de los pueblos, sentando las bases de un régimen jurídico internacional que, siete décadas después, mantiene plena vigencia.

El mismo año en que el Tratado fue firmado se adoptó un primer protocolo para ampliar su alcance a situaciones concretas, prohibiendo de esta forma la exportación o venta de bienes culturales en contextos de ocupación. Casi 50 años más tarde, en 1999, fue necesario elaborar un segundo protocolo para fortalecer la Convención y adecuar su espíritu a un mundo en el que predominaban los conflictos de carácter interno. Este nuevo instrumento jurídico introdujo sanciones para los infractores y estableció un Comité Intergubernamental para monitorear su implementación.

El Estado Argentino incorporó formalmente en 1988 el Tratado a su ordenamiento jurídico interno mediante la sanción de la Ley Nº 23.618, convirtiéndose de esta forma en Parte Contratante de la Convención.

Posteriormente, Argentina profundizó ese compromiso al aprobar el Segundo Protocolo de 1999 mediante la Ley 25.478, sancionada en 2001. Este instrumento introdujo obligaciones adicionales para los Estados Parte, entre ellas la figura de la “protección reforzada” para bienes culturales de excepcional valor, la tipificación de infracciones graves y el fortalecimiento de la cooperación internacional en la materia. Con esta ratificación, Argentina se alineó con los estándares más avanzados del régimen internacional de protección de bienes culturales en el marco del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

En el plano institucional, uno de los hitos centrales fue la creación, mediante el Decreto 933/1994 del Poder Ejecutivo Nacional, de la Comisión de Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (CADIH). Se trata de un organismo interministerial que tiene como objetivo estudiar, proponer y coordinar medidas destinadas a garantizar la aplicación efectiva del DIH en el ámbito interno. De este modo, la CADIH se constituyó como el principal mecanismo para canalizar las obligaciones derivadas de los Convenios de Ginebra y de la Convención de La Haya de 1954.

En el marco de la CADIH, el Estado argentino impulsó un plan de trabajo específico orientado a la implementación de la Convención de 1954. Como parte de ese proceso, se constituyó un Grupo de Trabajo sobre Bienes Culturales, bajo la coordinación del Ministerio de Defensa, con el objetivo de identificar bienes culturales susceptibles de ser protegidos conforme a la Convención y, en particular, de evaluar aquellos que pudieran ser propuestos para el régimen de protección reforzada previsto en el Segundo Protocolo.

Desde el Ministerio de Defensa se coordinaron tanto las tareas técnicas vinculadas a la identificación y señalización de bienes culturales como las acciones de formación dirigidas al personal de las Fuerzas Armadas. En este sentido, el Estado argentino avanzó en la incorporación de contenidos sobre protección de bienes culturales dentro de la enseñanza del Derecho Internacional Humanitario en los institutos de formación militar.

Uno de los ejes más visibles de la política de implementación ha sido la identificación, inventario y señalización de bienes culturales mediante el uso del emblema del Escudo Azul, símbolo protector reconocido por la Convención de 1954. A través de la CADIH y del Ministerio de Defensa, el Estado argentino impulsó un proceso de relevamiento de bienes culturales de particular valor histórico, artístico o patrimonial. En este marco, Fabricaciones Militares estuvo a cargo de la confección de placas oficiales con el emblema del Escudo Azul, las cuales fueron posteriormente colocadas en distintos sitios del país.

De acuerdo con información oficial difundida por organismos del Estado, hacia octubre de 2024 la Argentina contaba con más de cuarenta espacios culturales señalizados con el Escudo Azul.

En paralelo, Argentina ha mantenido una activa participación en los mecanismos internacionales de seguimiento de la Convención. En el ámbito de la UNESCO, el país integró el Comité para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, llegando a ejercer la Vicepresidencia para América Latina entre 2015 y 2017.

Como parte de sus aportes a la implementación internacional del régimen, el Estado argentino informó la traducción al español del Manual Militar de la UNESCO sobre la protección de bienes culturales, con el objetivo de facilitar su utilización en la formación de fuerzas de paz y personal militar de países hispanohablantes.

Este recorrido jurídico e institucional construido por Argentina pone de manifiesto una política sostenida de cumplimiento y fortalecimiento de las obligaciones asumidas en el marco de la Convención de La Haya de 1954, que a más de siete décadas de su adopción, continúa siendo un pilar del Derecho Internacional Humanitario.

Durante diciembre de 2025, el Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos participó de las reuniones de la Convención de La Haya de 1954 para la protección de bienes culturales en situación de conflictos armados y su segundo protocolo de 1999 en París, Francia, donde se encuentra la sede central de UNESCO. De esta manera, se ratifica el compromiso del Estado argentino con esta materia y la del CIPDH en la promoción de los derechos fundamentales vinculados a la cuestión.

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