Acuerdo por el que se declara a la Ciudad de México Ciudad amigable con la población lésbico, gay, bisexual, transexual, travesti, transgénero e intersexual (LGBTTTI). Declaratoria CDMX Ciudad Amigable LGBTTTI

- Región
- América Latina y el Caribe
- Rango de tamaño demográfico
- Metropólis (1.000.000 habitantes o más)

10.2 Para 2030, potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición.
10.3 Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de los resultados, en particular mediante la eliminación de las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y la promoción de leyes, políticas y medidas adecuadas a ese respecto.

16.1 Reducir considerablemente todas las formas de violencia y las tasas de mortalidad conexas en todo el mundo.
16.3 Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
16.7 Garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades a todos los niveles.
16.9 Para 2030, proporcionar acceso a una identidad jurídica para todos, en particular mediante el registro de nacimientos.
B - Derechos, necesidades, responsabilidades y demandas de niños, niñas, adolescentes y jóvenes
D - Acceso universal a los servicios de salud sexual y salud reproductiva
E - Igualdad de género
Declaración universal de los derechos humanos (DUDH)
Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales (PIDESC)
Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales (Protocolo de San Salvador)
Otros
Resumen
La Ciudad de México (CDMX) ha sido declarada Ciudad Amigable con la comunidad LGBTTTI. De este modo, se institucionaliza el conjunto de acciones y lineamientos que, de manera coordinada, dan forma a un acuerdo local de fuerte vocación incluyente para la capital del país. El acuerdo por el que se declara a Ciudad de México como amigable con la población lésbico, gay, bisexual, transexual, travesti, transgénero e intersexual significa el reconocimiento de los años de trabajo que las organizaciones civiles y colectivos LGBTTTI han realizado por la defensa de sus derechos. En particular, el reconocimiento de la identidad de género, el desarrollo de protocolos de atención a la población LGBTTTI en seguridad pública y procuración de justicia, así como la definición de la homofobia, lesbofobia, bifobia y transfobia como conductas discriminatorias a erradicar de la ciudad.
El Acuerdo trabaja en múltiples dimensiones para combatir las conductas discriminatorias y de fobias LGBTTTI. Entre sus acciones se pueden mencionar: capacitación, educación formal y no formal, campañas de difusión que promueven la inclusión de las diversidades; todas, por su sostenibilidad en el tiempo, han marcado un precedente en la región de Latinoamérica y el Caribe.
Fecha de implementación:
Inicio: 23 / 11 / 2015
Fin: En vigencia actual
Participación social/ciudadana
Asesoramiento
Asistencia financiera/jurídica/técnica
Canales plataformas y herramientas de comunicación e información
Campañas de difusión y/o sensibilización
Formación y capacitación
Sistemas de producción relevamiento sistematización y monitoreo de información
Fortalecimiento institucional
Acceso a la justicia
Instrumentos

10.2 Para 2030, potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición.
10.3 Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de los resultados, en particular mediante la eliminación de las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y la promoción de leyes, políticas y medidas adecuadas a ese respecto.

16.1 Reducir considerablemente todas las formas de violencia y las tasas de mortalidad conexas en todo el mundo.
16.3 Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
16.7 Garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades a todos los niveles.
16.9 Para 2030, proporcionar acceso a una identidad jurídica para todos, en particular mediante el registro de nacimientos.
B - Derechos, necesidades, responsabilidades y demandas de niños, niñas, adolescentes y jóvenes
D - Acceso universal a los servicios de salud sexual y salud reproductiva
E - Igualdad de género
Declaración universal de los derechos humanos (DUDH)
Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales (PIDESC)
Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales (Protocolo de San Salvador)
Otros
Localización
- Región
- América Latina y el Caribe
- Rango de tamaño demográfico
- Metropólis (1.000.000 habitantes o más)