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El desarrollo de los Derechos Humanos en el continente africano

Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y la creación del Tribunal Africano de Derechos Humanos.

La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (ACHPR) es el más antiguo instrumento de derechos humanos de África.

Fue creada en 1981 en la ciudad de Nairobi, Kenia y entró en vigor en 1986. Considerada el primer acuerdo regional de derechos humanos que reconoce derechos de la tercera generación (que son los derechos colectivos, de la solidaridad o emergentes), también reconoce en su articulado el derecho al medio ambiente, derecho del recurso natural y al desarrollo de los pueblos.

La Carta Africana agrupa tanto los derechos civiles y políticos más relevantes como también los derechos económicos, sociales y culturales. Opta por la interdependencia e indivisibilidad de todos los derechos humanos, sin priorizar unos derechos sobre otros y presentándolos en un único documento.

Durante el proceso de elaboración, se determinó la creación de un Tribunal Africano facultado para emitir decisiones vinculantes pero la defensa por parte de los gobiernos africanos del principio de soberanía y de no injerencia en los asuntos internos, motivaron que solo se considerara a la Comisión Africana como mecanismo de salvaguarda de la Carta Africana.

En la década de los noventa y por diversos factores regionales, entre los que destacan la emergencia y la consolidación del Estado de Derecho en África, la debilidad de la Comisión y la evolución de la actitud de los Estados africanos hacia la jurisdicción internacional, entre otros, propiciaron retomar la idea de crear un Tribunal Africano que completase el sistema.

En 1994 se presentó un primer borrador ante la Organización para la Unidad Africana (OUA), adoptándose una resolución en la que por primera vez se ordenaba crear una comisión de expertos para la elaboración de un Proyecto de Estatuto de la Corte.

El Protocolo de la Carta Africana para la creación de una Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, entró en vigor en enero de 2004 y fue ratificado en 2016 por dieciséis Estados. Su sede permanente se estableció en Arusha, Tanzania en 2007 y la integran 11 jueces de países miembros de la Unión Africana (UA). Los magistrados deben ser nombrados por la Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de la UA en votación secreta de entre los tres candidatos propuestos por cada Estado miembro, teniendo en cuenta las principales regiones africanas y sus tradiciones jurídicas, así como una adecuada representación por género. La Corte tiene una historia breve en comparación con sus pares de Latinoamérica y Europa, y el resultado de su trabajo es también mucho menor, pero sin duda con el establecimiento del Tribunal Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos se dio un paso transcendental en la consolidación del sistema africano de derechos humanos, un logro de esperanza para todo un continente.

Es por eso que desde el CIPDH resaltamos la importancia de acompañar y respaldar el trabajo que día a día mediante el debido ejercicio establecido por la Carta Africana de Derechos Humanos y esta Corte, pese a las distintas situaciones regionales, puedan ejercer con plena libertad su deber de defender, hacer cumplir e impartir justicia en relación a la defensa de los derechos humanos en toda África.

Fuentes: ACNUR | ACNUDH

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